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8 de septiembre de 2020 11:46

¿Cuántos años sin Correa en papeleta?

Varias personas pedían ayer que se ratifique la sentencia contra Correa. Foto: Patricio Terán / ÚN

Varias personas pedían ayer que se ratifique la sentencia contra Correa. Foto: Patricio Terán / ÚN

Jorge González (I)

El Tribunal de Casación dio a conocer su veredicto en el caso Sobornos. Ratificó la sentencia de ocho años de prisión contra Rafael Correa y otros procesados por el delito de cohecho. El veredicto se dio a conocer la tarde del 7 de septiembre del 2020. 

Sin embargo, tras conocerse la resolución, constitucionalistas interpretaron que, aunque el Tribunal ratificó solo ocho años, el exmandatario quedaría inhabilitado políticamente de por vida, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 113 de la Constitución del Ecuador.

El constitucionalista Rafael Oyarte informó que la sentencia condenatoria ejecutoriada por cohecho implica la pérdida de los derechos políticos y no solo su suspensión hasta cumplirla, además de la inhabilitación perpetua para ser candidato a cargos de elección popular.

Jorge Benavides, constitucionalista, afirmó que cuando se reformó la Constitución, tras un referendo en el 2018, se aplicó la muerte civil para personas que hayan estado implicados en delitos como peculado, cohecho, concusión.

“Significa que no pueden ser candidatos de elección popular nunca más, ni contratar con el Estado, ni ser funcionario público, fue parte de la reforma de la Constitución que hubo a finales del 2018”.

Benavides explicó que hay una confusión con el artículo 68 del COIP que establece la pérdida de derechos políticas de entre 10 y 25 años. “No se han hecho las reformas para acoplar las modificaciones que se hizo con la Constitución”, dijo.

El docente en derecho constitucional Ismael Quintana también indicó que la inhabilitación es perpetua y no se recupera, aunque se cumpla la condena. “Una eventual acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional contra el fallo condenatorio no suspendería la ejecución de la condena y sus efectos inhabilatorios, sin que quepa, además, pedir medidas cautelares”.

Mientras, ¿qué debe cumplirse para que se ejecute la condena? El jurista Jorge Zavala Egas explicó a este Diario que desde ahora corre un plazo para que quede ejecutoriada la inhabilitación, con lo que el exmandatario no podrá ser candidato a ninguna dignidad en las elecciones del 2021. Él fue anunciado como el postulante para la Vicepresidencia de la República, por el movimiento Centro Democrático.

El experto dijo que este 7 de septiembre la sentencia debe ser notificada, con lo que se abre un plazo para que el 8, 9 y 10 de septiembre los sentenciados pedir aclaración y/o ampliación del dictamen.

Ya el 11 de septiembre, dijo, la Sala debe resolver los recursos de aclaración y/o ampliación; a partir de ahí empieza la ejecución. De acuerdo con Zavala Egas, esta notificación debería hacerse el próximo 14 de septiembre, de acuerdo con los tiempos procesales.

El dato. La Corte Nacional de Justicia (CNJ) estableció que Correa y varios de sus excolaboradores recibieron sobornos a cambio de contratos con empresas. La pena es imprescriptible