Medidas cautelares para presuntos responsables de cacería de dos venados
La noche del 8 de abril del 2018 dos personas que transportaban dos venados de cola blanca muertos fueron retenidas en la Reserva Ecológica Antisana, así lo informó el Ministerio del Ambiente en su cuenta de Twitter.
Tras la audiencia de calificación de flagrancia, se dictó medidas cautelares para los presuntos responsables de la cacería de los venados. "Esperamos que la justicia sea implacable en la audiencia de juzgamiento. Cero tolerancia a la cacería ilegal!", escribió el ministro del Ambiente, Tarsicio Granizo en su cuenta de Twitter este 10 de abril.
Medidas cautelares para los presuntos responsables de la cacería de 2 venados en la Reserva Antisana, dictamen de la audiencia de calificación de flagrancia. Esperamos que la justicia sea implacable en la audiencia de juzgamiento. Cero tolerancia a la cacería ilegal!
— Tarsicio Granizo (@tgranizo) 10 de abril de 2018
En una rueda de prensa para dar más detalles del hecho, Granizo señaló que los presuntos responsables ingresaron sin autorización a la Reserva, ubicada en la cordillera Oriental de los Andes, entre las provincias de Napo y Pichincha.
"Queremos que las sanciones sean más fuertes para los delitos ambientales. La pena que se aplique a los ciudadanos depende del juez. La pena máxima es de 3 años", dijo el titular de la Cartera de Estado.
El 20 de abril se realzará la audiencia de juzgamiento.
La invasión de áreas de importancia ecológica es un delito tipificado en el artículo 245 del Código Orgánico Integral Penal. En el artículo 247 sobre delitos contra la flora y fauna silvestre, el COIP señala: “la persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la autoridad ambiental nacional, así como instrumentos o tratados, internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.