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El Jefe Eres Tú
26 de noviembre de 2018 10:52

¡Prepárese para el pago de horas extras en Navidad!

Los empleados de confianza o en cargos de dirección no reciben remuneración por trabajos en jornada extra

Los empleados de confianza o en cargos de dirección no reciben remuneración por trabajos en jornada extra

Redacción El jefe eres tú

La Navidad no es solo sinónimo de fiestas. Para muchos también lo es de arduo trabajo y horas extras que se multiplican.

En las áreas comercial y de servicios es donde más suele alargarse la jornada de trabajo, porque la temporada decembrina es una de las más altas en ventas.

Tenga en cuenta, como empleador o trabajador, que la ley ecuatoriana determina el pago de horas laboradas fuera de la jornada regular de trabajo.

Las horas suplementarias no podrán excederse de cuatro horas en un día ni de 12 horas a la semana.

El artículo 55 del Código del Trabajo establece que por cada hora extra trabajada durante el día, o hasta las 24:00, el empleador deberá pagar al trabajador la remuneración correspondiente a una hora regular más un recargo del 50%.

Si las horas extras, estuvieron entre las 24:00 y las 6:00, el empleado tiene derecho a un 100% de recargo en el pago por hora. Es decir, se debe cancelar el doble por cada hora. Esta regla también aplica para las horas extras laboradas durante sábado y domingo.

Los empleados de confianza o que ocupen cargos de dirección no reciben pagos por horas adicionales de labor. Por tanto, los trabajos que realicen en horas que excedan la jornada regular, no se consideran como suplementarios.

Tomar en cuenta

Obligatoriedad. El Código del Trabajo establece en su artículo 55 el pago de horas extras por parte de empleadores.

Número de horas. Las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día ni de 12 en la semana.

Remuneración. Por cada hora extra de labor durante el día, o hasta las 24:00, el trabajador deberá recibir la remuneración correspondiente a una hora regular más un recargo del 50%.

Horas especiales. Si las horas extras se desarrollasen entre las 24:00 y las 06:00, el empleado de la compañía tiene derecho a recibir un 100% de recargo al pago de una hora de trabajo en la jornada regular.

Fines de semana. 
Las horas extras laboradas durante el fin de semana deben ser pagadas con un recargo del 100%.

Sin pago. Cuando el empleado tiene funciones de confianza o de dirección, no se considerará como trabajo suplementario el realizado en horas que excedan la jornada ordinaria para efectos de pagos adicionales.

Recuerde.
 En Ecuador, la jornada máxima de trabajo es de ocho horas diarias, de manera que no exceda las 40 semanales.

Sanción. Por el no pago de las horas extras os empleados pueden denunciar a la empresa ante el Ministerio del Trabajo. El empleador, además de pagar lo adeudado, será sancionado con multas.