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El Jefe Eres Tú
29 de octubre de 2018 15:03

Permisos hasta por 60 días para los servidores públicos

La Losep establece licencias, permisos y comisiones de servicios.  Se aplican en diferentes casos. Foto: archivo  / ÚN

La Losep establece licencias, permisos y comisiones de servicios. Se aplican en diferentes casos. Foto: archivo / ÚN

Redacción El jefe eres tú
(I)

Como empleado del sector público usted debe conocer que tiene garantizados permisos, licencias y comisiones de servicios. Todo esto se halla normado por la Ley de Servicio Público (Losep).

El documento tiene todo un capítulo con estas regulaciones. Los trabajadores cubiertos por esta Ley gozan de mayores beneficios que los del sector privado.

En materia de licencias, las hay con y sin remuneración. Las primeras son las mismas dentro del Código de Trabajo, es decir, por maternidad, paternidad, calamidad doméstica y enfermedad sea esta física, sicológica o catastrófica.

En el caso de las licencias no pagadas, el jefe directo puede concederlas hasta por 15 días sin importar cuál sea la necesidad del servidor. Si la autoridad nominadora de la institución autoriza, el tiempo sin trabajar podrá extenderse por hasta 60 días en un año.

Las licencias sin sueldo también se podrán extender hasta por dos años, previa autorización de la autoridad nominadora, para efectuar estudios regulares de posgrado en instituciones de educación superior. Esto siempre que el trabajador hubiere cumplido al menos dos años de servicio en la institución.
Los burócratas también pueden acogerse a esta licencia si quieren ser candidatos de elección popular.

Los permisos

Se otorgan permisos de hasta dos horas diarias para estudios regulares, siempre y cuando se acredite matrícula y regular asistencia a clases. Los servidores deberán certificar, además, que han aprobado el curso una vez que hayan terminado.

Los servidores tendrán permisos para atención médica hasta por dos horas siempre que se justifique con certificado médico otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o avalizado por los centros de salud pública.

Las servidoras 
públicas tendrán permiso para el cuidado del recién nacido por dos horas diarias durante 12 meses, contados a partir de que haya concluido su licencia de maternidad.

La autoridad de la institución deberá conceder permisos con remuneración a los directivos de las asociaciones de servidores públicos, legalmente constituidas.
Se otorgarán también para matriculación de los hijos en establecimientos educativos y otros que fueren debidamente justificados.

Por matrimonio los servidores gozarán de licencia con remuneración por tres días.

Los servidores públicos de carrera podrán prestar servicios en otra entidad del Estado, con su aceptación por escrito, previo el dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, hasta por dos años, mediante la concesión de comisión de servicios con remuneración.