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El Jefe Eres Tú
20 de noviembre de 2017 10:33

Los beneficios de estar afiliado al IESS

Los registrados deben aportar al IESS el 9,45% de su sueldo y el empleador el 11,15% del salario del trabajador. Foto: ÚN

Los registrados deben aportar al IESS el 9,45% de su sueldo y el empleador el 11,15% del salario del trabajador. Foto: ÚN

Redacción El jefe eres tú

Mosca. ¡No se deje engañar! Desde el primer día de trabajo, el empleador tiene la obligación de afiliar a un empleado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), según aclara el portal de la institución.

La afiliación se realiza mediante un aviso de entrada que debe enviar el empleador, público o privado, a través de la página web del IESS. Si esto no se efectúa, el trabajador debe exigir al empleador la afiliación al Seguro Social y los pagos mensuales de aportes.

Estos se hacen los primeros 15 días siguientes al mes laborado.

Mensualmente, a los afiliados les corresponde entregar un aporte al IESS del 9,45% de su sueldo y al empleador, el 11,15% de salario del trabajador. Para recibir las prestaciones y servicios del Seguro General, es necesario que el afiliado esté al día con los pagos de sus aportes.

Las prestaciones del Seguro de Salud son otro de los beneficios que brinda la afiliación. El asegurado puede tener acceso a medicina preventiva, atención en urgencias y odontología, maternidad, exámenes de diagnóstico, hospitalización y cirugías, tratamiento de enfermedades, rehabilitación y subsidio por enfermedad y maternidad.

Tienen derecho a tratamientos por enfermedad los afiliados con mínimo tres meses de aportes al IESS; hijos de afiliados que sean menores a 18 años; cónyuge o conviviente de afiliado, con el aporte adicional del 3,41% del salario de aportación; hijos de hasta 18 años de edad de jubilados por vejez, invalidez y de montepío.
Para la atención de maternidad, durante el embarazo, en parto y posparto, la afiliada debe haber registrado 12 meses continuos de aportes al IESS.

El instituto también ofrece el Seguro de Riesgos del Trabajo, que garantiza prestaciones de salud y económicas, en caso de accidente laboral. Este seguro aplica desde el primer día laboral. Además, entrega prestaciones a los afiliados que adquieren una enfermedad profesional.

El Seguro de Pensiones, al cual también tiene derecho el afiliado, otorga jubilación por vejez, por invalidez y por discapacidad.

En el primer caso, el asegurado debe cumplir con los requisitos mínimos de edad y aportes al IESS, exigidos en la Ley de Seguridad Social, para poder acceder a pensiones mensuales vitalicias.

La jubilación por invalidez se otorga a un afiliado con mínimo cinco años de aportes; mientras que las personas con discapacidad deben registrar 25 años de aportes, sin límite de edad.

Adicionalmente, los parientes de afiliados y jubilados fallecidos que cumplan con los requisitos exigidos, tienen derecho a recibir la Pensión de Montepío. El IESS también ofrece cobertura de gastos funerales a sus afiliados.